Tocamientos indebidos rara vez se penan con cárcel
El Código Procesal precisa que penas pueden ser de 3 a 5 años, pero en la práctica se cambian por trabajo comunitario u otros
Pamela Sandoval Del Águila / @padmejones
Pese al rechazo general que ha despertado el maltrato sexual del que fue víctima la actriz Magaly Solier, quien denunció haber soportado a un hombre que se masturbaba detrás de ella en el Metropolitano, la posibilidad de que dicho sujeto purgue prisión efectiva es remota.
Así lo precisó el abogado penalista Luis Lamas Puccio, quien explicó que si bien los actos contra el pudor sí contemplan una pena privativa de la libertad en nuestras leyes, el proceso también establece alternativas para que esta no se concrete, pues degeneraríamos en un hacinamiento mayor al que ya tenemos en las cárceles.
"El juez, si así lo considera, puede establecer una condena suspendida, una condicional, el pago de multas o de una reparación civil. Solo en situaciones extremas, como sería si el tocamiento fuera a un menor, sí se aplica la norma que va desde los tres hasta los cinco años de cárcel", detalla.
Sin embargo, para el también penalista Roberto Miranda, una persona que abusa de su condición para satisfacer sus impulsos sexuales en público sí debería ser enviada a prisión, pues lo permite el artículo 176 del Código Procesal vigente.
"Cualquier acto de exhibicionismo sexual sin contacto con un tercero debe ser sancionado con penas de entre dos y cuatro años, es decir, cárcel no efectiva", agregó.
Presión mediática
En diálogo con El Comercio, Lamas también lamentó que, de no existir el interés público que hay por tratarse de un incidente que involucra a una artista, lo más probable es que el sujeto acusado sea detenido y puesto en libertad, mientras se investiga lo ocurrido.
"Para investigar cualquier delito, el juez decide si ordena la detención del investigado o solo su comparecencia. Para que se opte por la detención debe tenerse en cuenta que, de ser hallado culpable, su pena será mayor a tres años. También se considera si tiene o no arraigo en la ciudad, si hay riesgo de fuga o si el sujeto puede alterar el marco probatorio del delito", detalla.
Siendo así, y pese a que hay un video en el que Solier abofetea a su supuesto agresor, la norma vigente haría que el hombre pueda ser investigado en libertad. No obstante, como agrega Lamas, "la presión pública" podría llevar a una detención, aunque no estaría un largo tiempo tras las rejas.
"En todos mis años de experiencia no he visto un caso de este tipo en el que el acusado vaya a la cárcel. Se le someterá a un pericia psiquiátrica, se le condenará a otra pena, pero dudo que se llegue a la sanción efectiva", opinó el jurista.
Pese al rechazo general que ha despertado el maltrato sexual del que fue víctima la actriz Magaly Solier, quien denunció haber soportado a un hombre que se masturbaba detrás de ella en el Metropolitano, la posibilidad de que dicho sujeto purgue prisión efectiva es remota.
Así lo precisó el abogado penalista Luis Lamas Puccio, quien explicó que si bien los actos contra el pudor sí contemplan una pena privativa de la libertad en nuestras leyes, el proceso también establece alternativas para que esta no se concrete, pues degeneraríamos en un hacinamiento mayor al que ya tenemos en las cárceles.
"El juez, si así lo considera, puede establecer una condena suspendida, una condicional, el pago de multas o de una reparación civil. Solo en situaciones extremas, como sería si el tocamiento fuera a un menor, sí se aplica la norma que va desde los tres hasta los cinco años de cárcel", detalla.
Sin embargo, para el también penalista Roberto Miranda, una persona que abusa de su condición para satisfacer sus impulsos sexuales en público sí debería ser enviada a prisión, pues lo permite el artículo 176 del Código Procesal vigente.
"Cualquier acto de exhibicionismo sexual sin contacto con un tercero debe ser sancionado con penas de entre dos y cuatro años, es decir, cárcel no efectiva", agregó.
Presión mediática
En diálogo con El Comercio, Lamas también lamentó que, de no existir el interés público que hay por tratarse de un incidente que involucra a una artista, lo más probable es que el sujeto acusado sea detenido y puesto en libertad, mientras se investiga lo ocurrido.
"Para investigar cualquier delito, el juez decide si ordena la detención del investigado o solo su comparecencia. Para que se opte por la detención debe tenerse en cuenta que, de ser hallado culpable, su pena será mayor a tres años. También se considera si tiene o no arraigo en la ciudad, si hay riesgo de fuga o si el sujeto puede alterar el marco probatorio del delito", detalla.
Siendo así, y pese a que hay un video en el que Solier abofetea a su supuesto agresor, la norma vigente haría que el hombre pueda ser investigado en libertad. No obstante, como agrega Lamas, "la presión pública" podría llevar a una detención, aunque no estaría un largo tiempo tras las rejas.
"En todos mis años de experiencia no he visto un caso de este tipo en el que el acusado vaya a la cárcel. Se le someterá a un pericia psiquiátrica, se le condenará a otra pena, pero dudo que se llegue a la sanción efectiva", opinó el jurista.
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