PRONUNCIAMIENTO:
Sobre los recientes sucesos de Espinar y el cambio de competencia para juzgar los casos de Cusco y Cajamarca |
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Autor(a): Instituto de Defensa Legal
Perú
01-06-2012 |
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Ante
los recientes sucesos en Espinar, Cusco, el paro indefinido que se
desarrolla en Cajamarca
y la decisión del Poder Judicial para que los casos de esas zonas sean juzgados en Ica y Lambayeque, respectivamente (Resolución Administrativa 096-2012-CE-PJ), el Instituto de Defensa Legal – IDL quiere expresar ante la opinión pública lo siguiente:
1. Reiteramos
nuestra sentida condolencia a los familiares de las víctimas mortales y
nuestra solidaridad
con ellos y con los heridos tanto civiles como personal policial. La violencia debe ser rechazada venga de donde venga, sea ésta promovida u ocasionada por los manifestantes, las autoridades gubernamentales o la empresa minera. Ello más aún, teniendo en cuenta que es una violencia que pudo evitarse. El derecho a la protesta social es un derecho legítimo, que debe ser ejercido de manera responsable.
2. Expresamos
nuestra preocupación y rechazo por la manera desastrosa en que el
gobierno enfrenta
el conflicto social en Espinar. Lo que manifiesta la voluntad del gobierno por criminalizar la protesta social y claudicar en su papel de garante de derechos humanos, además de optar por una posición que se mimetiza con una de las partes del conflicto.
2.1. Las
detenciones ilegales, el uso indebido de armas letales, la siembra de
pruebas, la captura de
defensores de derechos humanos y tantas otras son herramientas vedadas en una democracia, donde rija el Estado de Derecho y son mecanismos propios de gobiernos autoritarios.
2.2. No
puede iniciarse un diálogo serio con la población que restablezca la
paz en la zona de conflicto,
si a la par se tiene apresados a sus principales dirigentes, entre ellos el alcalde de Espinar. Por lo que corresponde su liberación inmediata, para que se retomen las negociaciones.
2.3. Además
hubiera sido necesario que la estrategia del gobierno por solucionar el
conflicto involucrara
a la Vicaría de Solidaridad y otras instituciones con probada vocación por el diálogo y el respeto de derechos, de modo que se cierre el paso a opciones violentistas.
3. Expresamos
nuestra preocupación y rechazo a la resolución del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial que
ordena que los casos de Cusco y Cajamarca, que se produzcan en medio de las protestas sociales (inclusive los que están en trámite), sean juzgados en Ica y Lambayeque, respectivamente (Resolución Administrativa 096–2012–CE–PJ).
3.1. La
voluntad política del gobierno central por criminalizar la protesta ha
sido trasmitida al Poder Judicial y Ministerio Público, en una reunión
con el Ministro de Justicia y el Ministro del Interior llevada a cabo el
jueves 31 de mayo pasado (tal como lo reconoce la nota de prensa del
Poder Judicial) y mediante un oficio reservado cursado por el Ministro
del Interior (tal como consta en la cita resolución).
3.2. Como
respuesta a ese pedido, el Poder Judicial emitió una fuertemente
cuestionable resolución administrativa, sumándose a la política
gubernamental, resquebrajando el principio de independencia judicial
externa y poniendo en riesgo la garantía de un juicio debido para las
personas involucradas en los actos de protesta.
3.3. Por
eso la Resolución Administrativa 096–2012–CE–PJ es inconstitucional e
ilegal. Además, porque no resiste al test de razonabilidad, habida
cuenta que el Poder Judicial en la ciudad de Cusco y el de la región
Cajamarca se encuentran funcionando normalmente. Eso significa que no
hay una privación del derecho de acceso a la justicia, como denuncia la
exposición de motivos de la resolución. Además, en la Corte de Cajamarca
y Cusco existen jueces honestos que han dado muestras de independencia y
capacidad de garantizar un juicio debido. Por el contrario, la
obligación de litigar ante las otras cortes coloca barreras de acceso a
la justicia para los campesinos y pobladores cusqueños y cajamarquinos,
mellando su derecho a la defensa y al juez natural.
3.4. En
ese sentido, los operadores jurídicos están llamados a preferir la
Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de la Carrera
Judicial y los respectivos códigos sustantivos y procesales para no
aplicar la Resolución Administrativa 096-2012-CE-PJ y hacer primar el
Estado de Derecho y la independencia judicial.
3.5. Más
aún, en un exceso de la irregularidad, la resolución administrativa ha
sido publicada el día de hoy, 01 de junio de 2012, en el diario oficial
El Peruano, por lo que entra en vigencia recién mañana y no puede
utilizarse para justificar el traslado del alcalde de Espinar a Ica. En
consecuencia, el ilegal traslado llevado a cabo hoy no puede
justificarse ni por la resolución 096-2012-CE-PJ.
Por lo dicho:
1. Exhortamos
a las diferentes partes del conflicto a que retomen el diálogo y actúen
de manera pacífica sin llevar a cabo actos de violencia o medidas
reñidas con el Estado de Derecho y así evitar otro innecesario
derramamiento de sangre.
2. Exigimos
al gobierno central a que modifique su política de enfrentar los
conflictos sociales y que deje de realizar prácticas que son propias de
gobiernos autoritarios y no corresponden a épocas de democracia.
3. Solicitamos
al Presidente del Poder Judicial y al Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial que derogue la Resolución Administrativa 096–2012–CE–PJ y que
sean garantes de la independencia de su institución y de los jueces de
las zonas convulsionadas.
4. Solicitamos
al Fiscal de la Nación que garantice la independencia del Ministerio
Público y no emita una norma similar a la dictada por el Poder Judicial.
5. Exhortamos a los jueces a hacer respetar la Constitución y la ley y a no aplicar la Resolución Administrativa 096-2012-CE-PJ.
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lunes, 4 de junio de 2012
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