Defensoria del Pueblo
La esencia institucional
El nacimiento del Ombudsman o
Defensor del Pueblo se remonta a más de 200 años atrás en Suecia, en
donde surgió como una entidad de origen parlamentario con el encargo de
velar por la buena administración pública en favor de los ciudadanos.
La Defensoría del Pueblo en el Perú
fue creada por la Constitución Política de 1993, como un organismo
constitucionalmente autónomo, para defender los derechos fundamentales,
supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal,
así como la eficiente prestación de los servicios públicos en todo el
territorio nacional.
La Defensoría atiende -en todo el
país- quejas, consultas y pedidos de ciudadanos que, por alguna causa,
han experimentado la vulneración de sus derechos. No desempeña funciones
de juez o fiscal ni sustituye a autoridad alguna. No dicta sentencias,
no impone multas ni sanciones. Elabora informes con recomendaciones o
exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en
su poder de persuasión y en la fortaleza de argumentos técnicos, éticos
y jurídicos.
La Defensoría del Pueblo es, pues, un
colaborador crítico del Estado que actúa, con autonomía, respecto de
cualquier poder público o privado, en nombre del bien común y en defensa
de los derechos de la ciudadanía. En razón de ello, ejerce su mandato
con objetividad, profesionalismo y responsabilidad, nunca por oposición
arbitraria o injustificada frente al Estado.
En razón de su legitimidad, resulta
vital que los ciudadanos y ciudadanas perciban y sientan a la Defensoría
del Pueblo como una institución no solo cercana, sino entrañablemente
comprometida con la solución de sus problemas.
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