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miércoles, 30 de noviembre de 2011

Venta de kits para revocatoria de autoridades solo puede iniciarse luego de un año de Gestión

(ANDINA). El ex decano del Colegio de Abogados de Lima, Walter Gutiérrez, afirmó que la revocatoria de autoridades electas no puede iniciarse durante el primer año, de acuerdo a la normativa vigente, por lo que la venta de kits para recolectar las firmas que permitan iniciar un referendum con este fin, solo podrá hacerse luego de transcurrido dicho periodo.
Señaló que desde el punto de vista jurídico, la revocatoria debe entenderse como un proceso, es decir, compuesto por un conjunto de actos y que, conforme a ley, no puede iniciarse durante el primer año de la gestión de la autoridad electa (según el art. 21 de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano).

Al respecto, Gutiérrez precisó que de acuerdo a la Constitución nuestra democracia es representativa, y se complementa con mecanismos de participación directa como el referéndum y la revocatoria, los que por su naturaleza excepcional solo pueden ser utilizados en casos concretos de inacción y de hechos graves.

Por ello, dijo, el ordenamiento sobre la materia apunta a fortalecer la institucionalidad. De ahí que la norma (Ley 26300) establezca que no procede la revocatoria durante el primer año, pues se trata de evitar el temprano debilitamiento de la gestión y, en todo caso, deberá utilizarse siempre que haya fundamentos objetivos.

Añadió que tampoco procede iniciar la revocatoria el último año, pues lo correcto desde la perspectiva institucional, es esperar a que se concluya la gestión y se cambie la autoridad a través del proceso normal de elección. En ambos casos se persigue evitar el uso arbitrario de este mecanismo y su politización.

El ex decano añadió que este es el sentido de la norma que prohíbe iniciar la revocatoria prematuramente, durante los primeros doce meses de gestión; en esta línea, la compra del kit solo podrá hacerse luego de transcurrido dicho periodo, con lo cual se iniciaría legalmente el proceso, dijo.

Por último, precisó que, además, la revocatoria tendría que estar debidamente fundamentada, pues si bien se trata de un mecanismo que busca racionalizar el poder de las autoridades, no por ello puede permitirse el uso abusivo y hasta inconstitucional de esta figura por parte de los ciudadanos.

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