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viernes, 29 de agosto de 2014





JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE HUARAZ
RESOLUCIÓN N.° 004-2014-JEE-HUARAZ/JNE




EXPEDIENTE N.° 00157-2014-004
 Huaraz, 27 de Agosto de dos mil catorce

                                             VISTO: el Oficio N° 0775-2014-COTEJO-RNC-RENAJU-GSJR-GG, cursado por el Dr. Roberto Quezada Romero, Jefe del Registro Nacional de Condenas - Gerencia General – del Poder Judicial.

I.      CONSIDERANDO:

1.    El artículo 39, numerales 39.1 y 39.2, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Regionales, aprobado mediante Resolución N° 272-2014-JNE, establece: “38.1 Cuando el JEE advierta la incorporación de información falsa en la Declaración Jurada de Vida, excluirá al candidato hasta siete días naturales antes de la fecha fijada para la elección, previo traslado al personero legal de la organización política, a efectos de que presente los descargos en el plazo de un día hábil”. “38.2 Si a un candidato se le impone una condena, consentida o ejecutoriada, con pena privativa de la libertad o suspensión de sus derechos políticos, el JEE dispondrá su exclusión de la lista de la que forme parte hasta un día antes de la fecha fijada para la elección, previo traslado al personero legal de la organización política, a efectos de que presente los descargos en el plazo de un día hábil”.

2.    Mediante el Oficio N° 775-2014-COJETO-RNC-RENAJU-GSJR-GG,  el Jefe del Registro Nacional de Condenas - Gerencia General – del Poder Judicial, informa  que el candidato a consejero Regional , Narciso Antonio Jiménez Flores, identificado con DNI N° 33342972, cuenta con sentencia condenatoria de 2 años de pena privativa de libertad condicional por el delito de peculado, previsto y penado por el artículo 387 del Código Penal, el en el Expediente N° 818-2008, tramitado ante la Primera Sala Penal de Ancash.

3.    Dicha sentencia condenatoria, tal como se aprecia de la declaración de hoja de vida de dicho candidato, no han sido declarado por el candidato; por lo tanto, debe correrse traslado por el plazo de un día hábil del Oficio N° 0775-2014-COTEJO-RNC-RENAJU-GSJR-GG al personero legal del Partido Político Alianza para el Progreso, para que presente los descargos que estime conveniente. Del mismo modo, debe solicitarse, con el carácter de muy urgente, informe de la situación jurídica del citado candidato a la Corte Superior de Justicia de Ancash.

Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Huaraz, en uso de sus atribuciones;

II.        RESUELVE:

Artículo primero.- CORRER TRASLADO  del Oficio N° 0775-2014-COTEJO-RNC-RENAJU-GSJR-GG al personero legal del Partido Político Alianza para el Progreso para que en el plazo de un día hábil luego de notificado con la presente resolución realice el descargo que considere; luego de lo cual se emitirá la resolución que corresponda.

Artículo segundo.- REQUERIR a la Corte Superior de Justicia de Ancash,    informe sobre la situación jurídica del candidato Narciso Antonio Jiménez Flores en el  expediente N° 818-2008 por el delito de peculado, previsto y penado por el artículo 387 del Código Penal.

LAGOS ESPINEL

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