Las
nuevas normas del código procesal penal ya tienen una vigencia de nueve
meses, sin embargo, pese al tiempo que ha transcurrido y los múltiples
casos que se han presentado a nivel policial y del Ministerio Público,
hasta la fecha se registran una serie de imprecisiones y decisiones
negativas que generan la preocupación de la colectividad.
Y,
es que no existe día o semana en que los medios de comunicación no
difundan las decisiones controversiales que dejan en la calle a
delincuentes que, en muchos casos, han sido sorprendidos hasta “in
fraganti”, creciendo la sensación de impunidad que se ha generado a
partir de aplicación del nuevo sistema procesal.
Uno
de estos casos se dio a conocer la semana pasada y resultó exponiendo
un escenario de increíble impunidad generado por la medida dictada por
una Fiscal que no encontró otra manera que dejar en la calle a un sujeto
que había sido capturado portando un enorme cuchillo con el cual había
tomado parte en un asalto horas antes.
El
caso fue protagonizado por la Fiscal Adjunta a la Quinta Fiscalía
Provincial Corporativa de Chimbote, Dra. Austry Bravo Caballero, quien
dispuso la inmediata libertad de Obed Velásquez Flores, un sujeto que
momentos antes había sido detenido por efectivos de la Primera Comisaría
de Chimbote tras haber tomado parte en un asalto a una transeúnte en el
caso urbano de Chimbote.
La
información dio cuenta que a pesar de la gravedad del delito cometido,
el sujeto ganó las calles y apenas 10 minutos después fue nuevamente
capturado tras ser involucrado en un segundo atraco a un hombre al que
golpearon con una piedra en la cabeza y por esta razón fue conducido al
hospital La Caleta.
Por lo menos esta
es la información recogida por la prensa y los reporteros contaban no
solo con esta versión proporcionada por la Policía sino con las
fotografías del sujeto involucrado, su enorme cuchillo y el segundo
agraviado atendido en una camilla del nosocomio, por lo que llamó
poderosamente la atención que un delincuente tan peligroso pueda ser
enviado tan fácilmente a la calle y como consecuencia de ello continúe
realizando su accionar delictivo.
Sin
embargo, dos días después el Fiscal titular de la mencionada Fiscalía,
Christian Rodríguez y sus adjuntas, entre ellas la protagonista Austry
Bravo Caballero, explicaron que los hechos no se dieron como lo informó
la Policía y que la fiscalía no ordenó la libertad de ninguna persona
porque sencillamente no existía un detenido.
La
letrada señaló que la policía había intervenido al sujeto Obed
Velàsquez en el marco de un operativo de identidad, dicho en otras
palabras, porque no contaba con documentos personales, mas no lo había
detenido como consecuencia de un asalto, no existía una imputación
cierta, no existía una agraviada y los acusadores, en este caso la
Policía, jamás le presentó un cuadro incriminatorio como para que se
diga que la Fiscalía dispuso la libertad de un asaltante.
Luego,
en relación a la segunda intervención realizada por la misma comisaría,
en función a un segundo latrocinio en el que había tomado parte, la
Fiscal señaló que el agraviado no identificó al detenido, no existía una
imputación delictiva en su contra y era coherente con la negativa del
imputado.
En este sentido, los
hombres de prensa coincidieron en parte con la Fiscal porque ellos
llegaron a la sede policial cuando ya el sujeto había sido capturado por
segunda vez y fue en ese momento que les informaron que minutos antes
lo habían capturado por otro asalto y había sido indebidamente liberado,
incluso, existía cierto recelo y contrariedad entre los custodios
porque el trabajo que realizaban en su lucha contra la delincuencia
terminaba perjudicado por decisiones sumamente ligeras y
controversiales.
Sin embargo, los
periodistas recogieron el testimonio del intervenido y escucharon que
admitía haber tomado parte en el asalto a la transeúnte pero negaba que
haya sido partícipe del segundo atraco, lo que significaba para los
periodistas que se trataba de un sujeto habituado al delito y sumamente
peligroso en razón que caminaba con un enorme cuchillo que no era
precisamente para pelar sus naranjas sino que se trataba de un arma para
cometer delitos y ello debió ser tomado en cuenta por la fiscalía.
Lamentablemente,
en este caso los Fiscales señalaron que nos hallamos en medio de la
aplicación de normas garantistas que requieren que se siga un celoso
procedimiento para admitir una acusación y eso lo debe saber la Policía,
no se puede acusar a una persona en base a trascendidos o por la mera
admisión de culpas, en este caso se requiere de una manifestación, de
una papeleta de detención y de pruebas que vinculen al intervenido con
el delito que es materia de investigación.
Solo
así los Fiscales pueden iniciar una pesquisa y solicitar al Poder
Judicial la detención preliminar o prisión preventiva de una persona, de
lo contrario, no se pueden tejer acusaciones en base a precisiones que
resultan subjetivas, como el hecho de imputar un delito sin que exista
una agraviada y eso es lo que hizo la Policía, incluso, aun cuando se
haya decomisado al sujeto un enorme cuchillo que sin un hecho previo no
representa para el Ministerio Público mérito para poder acusar.
Es
evidente que en este como en muchos otros casos existe un manejo
indebido e inexperto en el manejo del nuevo sistema procesal penal, hay
clamorosas omisiones que lo único que hacen es enviar a gente del lumpen
a la calle, como en este caso a un sujeto que utiliza un cuchillo de
casi cuarenta centímetros contra el cual fue imposible generar una
adecuada acusación en los predios policiales.
Hay
que tener en cuenta este enojoso pasaje porque pone de manifiesto una
preocupante inoperancia entre quienes están encargados de formular
cargos delictivos, ello porque desconocen el manejo de las nuevas normas
procesales y eso resulta contraproducente cuando se va a cumplir un año
de la aplicación del nuevo código.
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