Narcotráfico Desde el 2007 a la fecha el crimen organizado ha lavado no menos de US$ 7,2 mil millones en el país.
Mafia ‘Dry Cleaning’
Para el congresista Víctor Andrés García Belaunde (Alianza Parlamentaria) el extraño giro en el caso Orellana tiene una escandalosa explicación: Daniel Ramsay, socio fundador con Orellana de la Cooperativa de Crédito para Empresas Exportadoras (Coopex), es asesor del fiscal de la Nación (CARETAS 2245).
INTELIGENCIA FINANCIERA
A pocas cuadras del Ministerio Público, en el Congreso, se debate un proyecto de ley fundamental en la lucha contra el lavado de activos. El proyecto de Ley 794 – 2011 / CR presentado por el congresista Luis Iberico (Alianza por el Gran Cambio) faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) acceder a la reserva tributaria y el secreto bancario.El proyecto de Ley fue aprobado por la Comisión de Economía del Congreso por apenas un voto el año pasado. El 25 de marzo último, el dictamen fue sometido a voto en el Pleno del Congreso, pero tras agitado debate no se aprobó.
Ahora se hornea la Comisión de Constitución para que esta dictamine si es necesaria una reforma constitucional o no. El plazo vence en dos semanas. Si se concluye que requiere de una reforma constitucional, serán necesarias dos legislaturas ordinarias antes para su aprobación.
La Unidad de Inteligencia Financiera, creada en el año 2003, rastrea operaciones de lavado de activos sospechosas y elabora informes de inteligencia financiera para que la Fiscalía de la Nación desarrolle las acciones penales pertinentes.
ESTADO DE CUENTAS
Los informes de inteligencia de la UIF se originan en base al Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) reportadas por los bancos, fundamentalmente. El no tener acceso a la reserva tributaria y el secreto bancario dificulta enormemente la tarea. “Cuando recibimos un reporte sobre un individuo del Banco A, no se puede preguntar al Banco B, C y D qué otras cuentas tiene esa persona. Tampoco se le puede preguntar a la SUNAT qué ingresos esa persona ha declarado”, explicó Sergio Espinosa, superintendente de la UIF. “Acordémonos que el caso de Vladimiro Montesinos empezó a saltar en base a su declaración tributaria”.El 2007 el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafidud), encargado de verificar el nivel de cumplimiento de los países de las 40 recomendaciones sobre lavado de activos y financiamiento del terrorismo del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), brazo de inteligencia financiera de la G-20, conminó al Perú alinearse a los protocolos internacionales en la materia.
Desde entonces estamos en la misma cantaleta.
En 2009 se presentó por primera vez el proyecto, pero el Congreso no lo aprobó. En 2011, el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento de Terrorismo, aprobado en las postrimerías del gobierno de Alan García, insistió. Ahora la UIF vuelve a la carga. Por eso, llamó la atención que los congresistas apristas Mauricio Mulder y Javier Velásquez Quesquén votaron a favor de que el dictamen retorne a la Comisión de Constitución hace diez días.
Argentina, Ecuador y Bolivia acaban de ser incluidas en la lista negra de la Gafisud al no superar los exámenes periódicos sobre cumplimiento. El 2014 toca el turno del Perú. “Debemos tener cuidado que en nuestra próxima evaluación no salgamos mal”, advirtió Espinosa.
Según los constitucionalistas Marcial Rubio y Francisco Eguiguren, exministro de Justicia, asesores legales externos de la UIF, no se requiere de una reforma constitucional para que la UIF acceda a la reserva tributaria y el secreto bancario, sino que se enmarca dentro del llamado desarrollo constitucional. Es el caso de la Ley de Bancos o la Superintendencia del Mercado de Valores, entre otros.
NARCOTRÁFICO Y MÁS
El lavado de dinero en el Perú alcanza cifras multimillonarias. La UIF estima US$ 7,2 mil millones en danza en los últimos cinco años solo en base al reporte de operaciones sospechosas. Es muy probable que el monto real sea muy superior. El Perú es el principal productor de cocaína del mundo. Otras actividades ilícitas son la minería informal de oro, la corrupción de funcionarios, el contrabando, la defraudación tributaria, el proxenetismo y la estafa. Las operaciones de lavado son crecientemente complejas, creándose empresas de fachada y mecanismos de triangulación internacional del dinero ilícito.“Cuando se presentan los informes de nuestros peritos al Comité de Calidad de la UIF se muestran gráficos que establecen los múltiples vínculos de la organización mafiosa y se parecen al sistema solar con asteroides y todo”, describió Espinosa.
DETECCIÓN Y REPRESIÓN
La UIF está trabajando activamente en superar grandes vacíos en la lucha contra el lavado de activos. Dos son los principales problemas: las herramientas de detección y la capacidad de represión.En 2003, la Ley de creación de la UIF estableció que las empresas del sistema financiero, notarías, minería, insumos químicos, agencias de aduanas, construcción e inmobiliaria, exportación e importación, venta de automóviles y embarcaciones, joyería, entre otros, deben cumplir con un protocolo de reporte de operaciones sospechosas.En 10 años solo el sector bancario y del mercado de valores cuentan con el reglamento respectivo. En 2007, el Mincetur reglamentó el sector de casinos y tragamonedas, pero el reglamento de infracciones y sanciones quedó en el tintero.
Se trabaja intensamente en recuperar el tiempo perdido.
NOTARIOS Y DÓLARES
En abril del año pasado, el DL 1106 estableció que la UIF elabore los reglamentos respectivos, ya que los ministerios caminaban con pies de plomo. El viernes 5 último, se publicó el reglamento para las notarías, “superando una resistencia histórica entre los notarios”, y, según Espinosa, “un hito importantísimo”. En Colombia, las notarías son la segunda fuente –después de la banca– de reportes sospechosos. A través de las notarías se registra toda operación societaria: aumentos de capital, creación de empresas, etcétera.La UIF está comprometida en reglamentar los parámetros del Reporte de Operaciones Sospechosas para cada sector a diciembre del presente año.
Uno de los vacíos más gruesos de la legislación peruana es que para abrir una cooperativa de crédito o una casa de cambios basta una licencia municipal. No requiere de autorización previa, ni control de la idoneidad de las personas y de capitales, y para cerrarlas tiene que ser judicialmente.
“Si un señor que acaba de salir de Lurigancho quiere abrir una casa de cambio, no le puedo decir que no”, dijo Espinosa.
De hecho, según el congresista García Belaunde, Coopex, la cooperativa de crédito de Rolando Orellana que tiene entre sus fundadores a Daniel Ramsay, el asesor del fiscal de la Nación, José Peláez, está incurso de un fraude por la bicoca de S/. 200 millones.
“En otros países las casas de cambio y las cooperativas de crédito están bajo supervisión del BCR o la SBS y tienen un circuito de información integrado. Es un tema sui generis y muy difícil de entender en otras partes el mundo”, sostuvo el superintendente de la UIF.
A pesar de que los informes de la UIF son exclusivamente para el Ministerio Público y reservados, el fiscal Arellano entregó “por error” el documento a Orellana.
DELITO PRECEDENTE
La capacidad de represión de las organizaciones criminales también tiene grandes vacíos. Para empezar, no es posible conocer el resultado de los informes presentados por la UIF, porque el Poder Judicial no cataloga los procesos por delito, sino por personas. “Hay una serie de compartimientos estancos en el Estado peruano que hace que haya mucha información pero no fluye”, describió Espinosa.Por otro lado, el caso Sánchez Paredes por lavado de activos, al voto en el Colegiado “D” de la Sala Penal Nacional, ha puesto en cuestión la jurisprudencia sobre el delito precedente, es decir, la presunta fuente ilícita que explica el origen de una fortuna. Para algunos penalistas, el delito precedente tiene que ser probado para poder acusar a alguien por lavado de dinero. Por eso la megainvestigación a los Sánchez Paredes sobre lavado de activos, que comprendía inicialmente a más de 100 personas, se redujo a seis implicados. La defensa argumentó con éxito que al momento del delito precedente –el caso de narcotráfico “Rancho Luna” en 1987, en México– los investigados eran menores de edad.
“Pero eso no tiene sentido porque el delito precedente no significa que lo hayan cometido, sino que es el origen del dinero, que es otra cosa”, sostuvo Espinosa.
Esa interpretación del delito precedente “es una categoría absolutamente superada en el mundo y en el Perú. Hay dos acuerdos de Sala Plena de la Corte Suprema, en el 2010 y 2011, donde específicamente se dice que el delito precedente no tiene que ser probado judicialmente. Lo que tiene que existir es una hipótesis verosímil. Si se va a sentenciar a alguien por narcotráfico, sentenciarlo luego por lavado es casi un ejercicio inútil. Pero en el Perú ha tomado mucho tiempo para que los fiscales lo entiendan”, lamentó el superintendente de la Unidad de Inteligencia Financiera.
Y periodistas intonsos también.
“¿Cómo luchas contra las mafias? Cuando agarras la plata. Ese es el asunto”, concluyó. (Marco Zileri)
FUENTE REVISTA CARETAS
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