google42f3ca3d0a624984.html SIETE DIAS CASMA: OTRO CANDIDATO A LA ALCALDIA PROVINCIAL

lunes, 14 de septiembre de 2009

OTRO CANDIDATO A LA ALCALDIA PROVINCIAL

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Resolución no. 588-JNE

Expediente n.° J-2009- 620

Lima, diez de septiembre de dos mil nueve

VISTO, en audiencia pública de fecha ocho de septiembre de dos mil nueve, el recurso de apelación interpuesto por el personero legal del partido político “Adelante” don Roberto Luis Morón Santillana contra la Resolución N° 024-2009-JEE-Chimbote que rechazó la solicitud de acreditación de personeros legales presentada ante el Jurado Electoral Especial de Chimbote para las elecciones del 29 de noviembre de 2009.

ANTECEDENTES

El 31 de agosto de 2009, don Rafael Luis Belaunde Aubry, Secretario General Nacional del partido político “Adelante”, solicitó al Jurado Electoral Especial de Chimbote se reciba la credencial de don Roberto Luis Morón Santillana como su personero legal, acompañando credencial suscrita por don Enrique Alberto Ghersi Silva, personero legal nacional, y por el solicitante.

La resolución impugnada rechazó la solicitud de acreditación de personeros legales presentada por el partido político “Adelante”, debido a que la solicitud se encontraba suscrita por el Secretario General de la agrupación política, y no por el personero legal titular nacional.

La apelación se sustenta en que la credencial de acreditación del personero está firmada por el personero inscrito ante el Jurado Nacional de Elecciones, don Enrique Alberto Ghersi Silva, conjuntamente con el Secretario General Nacional.

CONSIDERANDOS

El artículo 129 inciso b de la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 3 del Reglamento para la Inscripción de las Listas de Candidatos en el proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2009 (aprobado mediante Resolución n.° 541-2009-JNE) establecen los requisitos para acreditar a los personeros legales ante el Jurado Electoral Especial; entre ellos, una exigencia determinante es que el personero legal ya inscrito ante el Jurado Nacional de Elecciones acredite al personero legal que desempeñará funciones ante el Jurado Electoral Especial.

En este caso, se debe distinguir entre la solicitud de acreditación y la credencial misma. Si bien la solicitud de acreditación de personero legal del partido político “Adelante” fue suscrita únicamente por su Secretario General Nacional, se acompañó la credencial de don Roberto Luis Morón Santillana debidamente suscrita por el personero legal nacional inscrito ante el Jurado Nacional de Elecciones, don Enrique Alberto Ghersi Silva, conjuntamente con el Secretario General, don Rafael Luis Belaunde Aubry. En consecuencia, se ha cumplido con las exigencias legales referidas en el primer considerando, debiéndose admitir la solicitud de acreditación de personero.

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo único.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación. En consecuencia, REVOCAR la Resolución N° 024-2009-JEE-Chimbote y disponer que el Jurado Electoral Especial de Chimbote admita la solicitud de acreditación de don Roberto Luis Morón Santillana como personero legal del partido político “Adelante”, y, en su oportunidad, reciba las listas de inscripción de candidatos, las que deberán presentarse en un plazo máximo de dos días naturales de acreditado el personero legal y ser calificadas inmediatamente, siguiendo posteriormente el trámite previsto en la ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

S.S.

SIVINA HURTADO

MINAYA CALLE

MONTOYA ALBERTI

VELARDE URDANIVIA

Bravo Basaldúa

Secretario General Publicado el 11.09.09

No hay comentarios:

Publicar un comentario