JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
RESOLUCION 629-009-JNE
Expediente n.° J-2009- 681
Lima, veintiuno de setiembre de dos mil nueve
VISTO, en audiencia pública de fecha veintiuno de setiembre de dos mil nueve, el recurso de apelación interpuesto por el personero legal de la organización política local “Agrupación Popular Casmeña” don Oscar Armando Neyra Mezarina contra
ANTECEDENTES
El 31 de agosto de 2009, doña Juana Rosario Oliden Valladares, alegando ser representante legal de la organización política local “Agrupación Popular Casmeña” solicitó al Jurado Electoral Especial de Chimbote la inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Casma y departamento de Ancash.
La resolución impugnada declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos atendiendo a que no se había cumplido con la debida acreditación de los personeros legales ante el Jurado Electoral Especial de Chimbote, no resultando dicho requisito subsanable habida cuenta que el plazo para la acreditación de personeros había concluido.
Con fecha 09 de septiembre de 2009, el señor Oscar Armando Neyra Mezarina, personero legal titular de la organización política local “Agrupación Popular Casmeña” interpone recurso de apelación contra
Mediante Resolución n.° 626-2009-JNE de fecha 21 de setiembre de 2009 y recaída en el Expediente J-2009-682, el Jurado Nacional de Elecciones declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por don Oscar Armando Neyra Mezarina contra las resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial de Chimbote que desestimaron su solicitud de acreditación de personeros ante el referido Jurado Electoral Especial.
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE
Artículo único.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Oscar Armando Neyra Mezarina, y en consecuencia, REVOCAR
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.
SIVINA HURTADO
MINAYA CALLE
MONTOYA ALBERTI
VELARDE URDANIVIA
Bravo Basaldúa
Secretario General
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